Ratifican cómputo definitivo de penas para Rody Godoy y Enzo Cardozo

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Exministros del MAG Enzo Cardozo y Rody Godoy

Los exministros del MAG, Enzo Cardozo y Rody Godoy, condenados por un desvío de Gs. 68.000 millones podrán solicitar su libertad condicional a partir del 2029 y 2027, mientras que las salidas transitorias podrán ser solicitadas a partir del 2027 y 2026, respectivamente. El juzgado de ejecución de Delitos Económicos y Crimen Organizado, recepcionó la causa de ambos y ratificó el cómputo establecido anteriormente.

En el caso de Rody Adán Godoy Martínez, condenado a siete años de prisión, se confirmó que la pena se considerará completamente cumplida el 28 de noviembre del año 2029. El condenado podrá acceder a salidas transitorias a partir del 28 de mayo del 2026 y podrá solicitar la libertad condicional desde el 28 de julio del 2027. Godoy fue hallado culpable de haber incurrido en maniobras fraudulentas contra el patrimonio público, con responsabilidad penal conforme a los artículos 192, 187 y 29 del Código Penal.

Por su parte, Enzo Cardozo Jiménez, exministro de Agricultura y Ganadería, fue condenado a diez años de pena privativa de libertad por los mismos hechos punibles. Su cómputo definitivo establece que cumplirá íntegramente la condena el 28 de noviembre del 2032, podrá solicitar salida transitoria desde el 28 de noviembre del 2027 y tendrá derecho a libertad condicional desde el 28 de julio del 2029.

Durante el proceso, las defensas de los condenados promovieron varios incidentes judiciales, incluyendo pedidos de medidas sustitutivas a la prisión preventiva, que fueron rechazados en distintos momentos tanto por los jueces de primera instancia como por tribunales de apelación. En el caso de Godoy, incluso la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación promovido por su defensa.

La resolución judicial se ampara en el art. 296 del Código de Ejecución Penal, que establece el procedimiento para el cómputo definitivo de la pena, garantizando que los condenados puedan acceder a beneficios penitenciarios conforme a derecho. Asimismo, se enmarca en lo dispuesto por el art. 20 de la Constitución Nacional, que establece que las penas deben orientarse a la readaptación social y a la protección de la sociedad.

Las respectivas penitenciarías, la Regional de Coronel Oviedo en el caso de Godoy y el Penal Militar de Viñas Cué para Cardozo, fueron notificadas para registrar el cómputo de las condenas en los legajos institucionales de ambos internos

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