La Juez Rosarito Montanía confirmó la prisión preventiva del supuesto narco pastor José Insfrán, imputado por lavado de dinero y otros. No existen circunstancias que hagan variar la «situación procesal del imputado» indicó en la resolución.
En fecha 27 de febrero del corriente año, el abogado Nelson López solicitó una audiencia de revisión de medidas cautelares para su defendido. La defensa sostiene que la vigencia de las garantías constitucionales ha sido olvidada y el justiciable se encuentra privado de todo derecho de la tutela judicial efectiva prevista como derechos humanos. Menciona el art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“En ese sentido, esta defensa en contraposición a lo que se viene sosteniendo en esta Magistratura y que evidentemente responde a una policita criminal subrepticia, fuera del marco penal, en el sentido de que ningún procesado por hechos similares pueden ser sujetos de derechos. Tanto es así que mi defendido hoy no es sujeto de derecho sino un simple objeto del proceso” refirió el abogado.
A su vez, el Fiscal Deny Yoon Pak manifestó que si bien existieron exposiciones que fueron hechas casi más de una hora y media del inicio de la audiencia, la Fiscalía entiende que todas ellas se resumen en ambages que serían juicios de valor hacia las actuaciones de la Magistratura y del Ministerio Público., opiniones meramente personales, interpretaciones de alcances dogmáticas, jurisprudenciales y legales, sin que se hayan ajustado a lo que realmente concierne a la audiencia de revisión.
“…el Juzgado también podrá notar, no ha escuchado cual es el nuevo elemento de juicio que desvirtuaría los presupuestos de la prisión preventiva, no se ha hablado tampoco de los otros requisitos como la duración máxima del proceso de la pena mínima porque queda más que claro que ellos no se configuran durante esta etapa procesal por lo que necesariamente tenemos que concentrarnos en los dispuesto en el inc. 1 de la revocación de la medida cautelar y dentro de ese eslabón analizar lo expuesto por la defensa técnica que refirió haber presentado en el sistema electrónico poderes otorgados por José Insfrán a su hermana Yolanda Insfrán para la administración de las empresas que el MP le atribuyo en la imputación, puesto que estos serían los únicos elementos de convicción que podría ser analizada como un nuevo elemento de juicio a partir del cual estudiar la vigencia de la medida cautelar que actualmente soporta el imputado” se lee en el escrito.
Finalmente, la magistrada Rosarito Montanía resolvió no hacer lugar a lo solicitado por la defensa del Pastor Insfrán, en virtud a los fundamentos expuestos y ratificó la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el mismo, que seguirá guardando reclusión en la Penitenciaría de Máxima Seguridad de la ciudad de Emboscada.