Reabren causa contra dos ex cajeras acusadas de causar un perjuicio de Gs. 46 millones a un colegio

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Juez Jennifer Ynsfrán

La juez penal de garantías de Luque, Jennifer Ynsfrán, ordenó la reapertura de la causa seguida contra María Cecilia Péres y Belinda Jorgina López Jara, quienes enfrentan acusación por la supuesta comisión de los hechos punibles de lesión de confianza y otros delitos en perjuicio de la institución educativa «La Aurora» de Luque.

La magistrada hizo lugar al pedido formulado por el fiscal Augusto Ledesma, quien solicitó la reapertura del proceso y la elevación de la causa a juicio oral y público luego de haber reunido elementos para sostener la acusación contra ambas procesadas.

Según los antecedentes del caso, Pérez García y López Jara se desempeñaban como cajeras de la institución educativa durante los años 2022 y 2023. La investigación sostiene que ambas habrían implementado de manera sistemática un esquema consistente en la anulación de facturas, cancelación de pagos realizados mediante terminales POS y la recepción de transferencias bancarias en cuentas personales, en perjuicio de los ingresos del colegio.

Según la acusación del Ministerio Público, las irregularidades fueron detectadas luego de que el director de la institución, Isaac Amado Núñez Ortiz, advirtiera a través del circuito cerrado de vigilancia una conversación entre ambas funcionarias, relacionada con la forma de anular facturas y eliminar registros del sistema informático. A partir de esa situación, las autoridades del establecimiento realizaron verificaciones internas que derivaron en la presentación de la denuncia penal en la posterior investigación de la Fiscalía.

La Fiscalía sostiene que las acusadas habrían percibido pagos correspondientes a matrículas, cuotas y otros conceptos pertenecientes al colegio, para luego anular u omitir el registro de dichas operaciones. Asimismo, se les atribuye haber solicitado a algunos padres que realizaran transferencias directamente a sus cuentas bancarias particulares.

Según el requerimiento acusatorio, estas conductas habrían ocasionado un perjuicio patrimonial de Gs. 46.351.605 a la institución educativa. El Ministerio Público afirma además que, una vez detectadas las presuntas irregularidades, las procesadas habrían sido requeridas por las autoridades del colegio para devolver los montos cuestionados, aunque supuestamente se negaron a hacerlo.

La causa había sido suspendida temporalmente mediante el A.I. Nº 899 del 24 de abril del año 2025, cuando el juzgado otorgó el sobreseimiento provisional a ambas mujeres. Sin embargo, el 09 de abril del 2026 el fiscal Augusto Ledesma solicitó formalmente la reapertura del proceso, presentó acusación y requirió la remisión de la causa a juicio oral y público.

Al analizar la solicitud, la juez Ynsfrán concluyó que el requerimiento fue planteado dentro del plazo legal previsto por el Código Procesal Penal para los casos de sobreseimiento provisional. La magistrada señaló que, tratándose de un hecho calificado como delito, la reapertura podía ser promovida dentro del plazo establecido por la legislación vigente, por lo que consideró procedente reactivar el proceso penal.

Además de ordenar la reapertura de la causa, la juez tuvo por presentada la acusación fiscal y puso a disposición de las partes las actuaciones y evidencias recolectadas durante la investigación. En consecuencia, fijó para el próximo 18 de junio a las 09:30 horas la audiencia preliminar prevista en el art. 352 del Código Procesal Penal.

Durante esa diligencia, las partes debatirán la acusación presentada por el Ministerio Público y el juzgado deberá resolver si existen méritos suficientes para elevar el caso a juicio oral y público. De prosperar el pedido fiscal, las acusadas deberán afrontar un juicio en el que se analizarán las evidencias reunidas respecto al presunto esquema de apropiación de fondos denunciado por la institución educativa.