La Cámara de Apelación confirmó la intervención de la madre de la víctima en carácter de querellante, en la causa que afronta un alto funcionario de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) investigado por presunto abuso sexual de una menor de 11 años.
El Juez Raúl Florentín podrá señalar una fecha para la audiencia preliminar a fin de estudiar el pedido de la fiscal adjunta Lourdes Samaniego, quien rectificó el pedido de sobreseimiento definitivo y solicitó el sobreseimiento provisional.
La defensa de F.F.P había impugnado el A.I. N° 1069 de fecha 27 de noviembre del año 2024, alegando una supuesta falta de legitimidad en la querella promovida por la madre de la víctima. Según la argumentación de los abogados defensores, la denunciante no presentó los documentos necesarios para acreditar su representante.
Sin embargo, la Alzada determinó que la querella adhesiva fue admitida correctamente en marzo del 2024, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal. Además, se estimaba que el acusado había reconocido en declaraciones previas la relación materna de la mujer con la víctima, lo que implícitamente validaba su calidad de representante de la menor.
Los camaristas Arnaldo Fleitas Ortiz y Arnulfo Arias coincidieron en que no se produjo ninguna violación de garantías procesales ni se evidenció perjuicio concreto para la defensa del acusado. En consecuencia, el Tribunal concluyó que el recurso de apelación carecía de fundamentos suficientes y confirmó la resolución de primera instancia.
Con este fallo, la causa contra F.F.P sigue su curso en el sistema judicial, manteniendo firme la acusación en su contra. La decisión del Tribunal refuerza la postura de la querella y del Ministerio Público, que han insistido en la validez del proceso y en la necesidad de llevar el caso hasta juicio.