Una Cámara de Apelación rechazó el recurso dilatorio planteado por el exsíndico de quiebras, Blas Velázquez, contra la convocatoria para su imposición de medidas cautelares, diligencia que ahora nuevamente podrá ser fijada por el juez.
Los camaristas del fuero Especializado en Delitos Económicos echaron por tierra el argumento de que la causa no puede avanzar por la presentación de acciones de inconstitucionalidad. «La acción no suspende los efectos de la resolución impugnada al no tratarse de una sentencia
definitiva como tampoco un auto interlocutorio con fuerza de tal. Por tanto, sus agravios devienen improcedentes», refiere el fallo.
El en su momento mimado de Fretes fue imputado por supuesta lesión de confianza y hechos punibles relacionados a la producción documental, tras supuestamente vender en varias oportunidades un mismo inmueble.






