La Sala Penal declaró inadmisible el recurso de revisión promovido por la defensa del abogado Matías Augusto Áñez Mareco, quien pretendía reducir a menos de la mitad su condena de 22 años de prisión por el asesinato de su pareja, Alba Graciela Dávalos Céspedes, ocurrido en 2017.
El Abg. Pablo Joel Aguilera Miño, en defensa del condenado, pretendía reducir la pena a 10 años alegando supuestas violaciones a garantías procesales y la desaparición de la carpeta fiscal.
La Dra. Carolina Llanes, preopinante, subrayó que el recurrente incluso citó diez fallos que considera como jurisprudencia referente a la reducción de la pena que pretende, sin análisis ni contrastación alguna.
Señaló que la falta de fundamentación del recurso es obstáculo para el examen de las Sentencias cuestionadas. “Debe quedar claro que el recurso de revisión constituye un instituto estrictamente jurídico, de carácter extraordinario, investido de rigurosos requisitos, entre los cuales se encuentran la obligación de la debida fundamentación”, advirtió la ministra.
Debido al incumplimiento de los requisitos establecidos en la norma, votó por declarar inadmisible, postura compartida por los demás miembros, Luis M. Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia.
El caso ocurrió el 3 de diciembre de 2017, en Ciudad del Este, cuando Áñez Mareco lanzó a su concubina desde el tercer piso de un edificio. Tras el hecho, el hoy condenado sostuvo inicialmente que la muerte se había tratado de un suicidio, versión que fue descartada durante la investigación y el juicio, en el que fue hallado culpable de homicidio doloso.







