El Juez Rodrigo Estigarribia rechazó un incidente que planteó la defensa del exministro de la SEN, Joaquín Roa, imputado por supuesta coima, lavado de dinero y otros. La defensa planteó el recurso argumentando que no se le dejó participar en la toma de la declaración de una testigo.
El abogado Rodrigo Planás presentó un incidente un incidente innominado y manifestó que el Fiscal Silvio Corbeta desconoció los derechos consagrados en la Constitución Nacional y en el Código Procesal Penal (CPP) teniendo en cuenta que la defensa había solicitado ser partícipe de la declaración de una de las testigos, sin embargo, al permitírsele participar de dicha diligencia fue bajo la condición de no intervenir ni realizar preguntas a la testigo.
“Antes de iniciar la declaración testimonial, la testigo manifiesta que no desea declarar frente al abogado de la Defensa, por lo que el Agente Fiscal me comunica que no puedo permanecer en la secretaría y me solicita que abandone la oficina. En ese momento, le recuerdo que el testigo no es un indagado, y también le menciono los derechos reconocidos de defensa técnica en la Constitución Nacional y en el Código Procesal Penal…Sin embargo, el Agente Fiscal insiste en que debo abandonar la sala alegando que el testigo tiene el derecho de excluirme de la diligencia” se lee en el escrito.
A su vez, el agente fiscal refirió que en fecha 13 de febrero 2023 notificó a la defensa del procesado Joaquín Roa para que en el plazo de tres días presente el pliego de preguntas correspondientes a cada testigo y así lo hicieron, sin embargo, en el escrito que presentaron, obviaron adjuntar las preguntas a dos testigos, Natividad Morínigo y Rosalba Olmedo, que es justamente por lo que el abogado manifiesta un supuesto agravio. De igual forma, el Fiscal accedió a que el abogado Planás estuviera presente al momento de la diligencia, pero la testigo no estaba de acuerdo con declarar ante el mismo por lo que se le solicitó que se retirara y esperara afuera, para que una vez terminada la declaración se le expidiera la copia correspondiente del acto.
“…Asimismo, se resalta que esta Representación Fiscal en ningún momento se negó a realizar diligencias propuestas por la defensa,todaslas diligencias cuya realización fueron propuestas, fueron realizadas por el Ministerio Publico, y agregadas al cuaderno de investigación fiscal respetando siempre los derechos procesales del imputado…También, esta Representación Fiscal siempre ha puesto a disposición de la defensa técnica todos los elementos obrantes en el cuaderno de investigación fiscal, respetando las garantías constitucionales y procesales del procesado, y cuya constancia de acceso a las actuaciones del Ministerio Publico se cuenta por escrito” manifestó el Fiscal.
Además de ello, el agente señaló que la conducta de la defensa técnica denota un constante ataque hacia la investigación encabezada por su persona, quien incluso fue objeto de una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y de constantes recusaciones por supuesto mal desempeño de funciones; además, también fue objeto de atropellos en la secretaria fiscal con la constitución de escribanos públicos acompañados de la defensa técnica para supuestamente dejar constancias de supuestas situaciones irregularidades.