Rechazan recurso de abogado Tuma contra prórroga solicitada por la Fiscalía

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Abogado Óscar Tuma

Un Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado resolvió declarar inadmisible el recurso promovido por el abogado Óscar Tuma en el marco de una causa vinculada a presuntas maniobras destinadas a impedir el comiso de bienes sujetos a medidas judiciales. La decisión fue adoptada por la Cámara al considerar que la impugnación no reunía los requisitos legales para su tratamiento por la vía extraordinaria.

La presentación cuestionaba una resolución dictada el 30 de diciembre del 2025, mediante la cual el propio Tribunal de Alzada concedió una prórroga extraordinaria solicitada por el Ministerio Público, fijando como plazo límite el 24 de julio del 2026 para la formulación del requerimiento conclusivo. Dicha extensión había sido requerida por los fiscales intervinientes atendiendo a la complejidad de la investigación en curso.

En su análisis, el Dr. Paublino Escobar sostuvo que los recursos extraordinarios solo resultan procedentes contra sentencias definitivas o resoluciones que, por sus efectos, pongan fin al proceso penal o causen un perjuicio irreparable a las partes. En ese sentido, explicó que la resolución cuestionada no se encuadra dentro de las decisiones previstas por la normativa procesal para habilitar la intervención de la Sala Penal. El camarista Arnulfo Arias acompañó este criterio, al coincidir en que la resolución recurrida no integra el conjunto de fallos susceptibles de revisión mediante apelación extraordinaria, por tratarse de una decisión interlocutoria vinculada a plazos procesales.

Por su parte, el camarista Gustavo Amarilla emitió un voto en el que reconoció que la resolución impugnada no figura expresamente entre aquellas recurribles conforme a los artículos del Código Procesal Penal (CPP) que regulan la apelación. No obstante, señaló que, al tratarse de una resolución originada en un tribunal de segunda instancia, existen fundamentos constitucionales y convencionales que habilitan la revisión judicial en resguardo del principio de la doble instancia. Aun así, la mayoría se inclinó por declarar la inadmisibilidad del recurso.

La causa se enmarca en una investigación derivada del operativo Pavo Real II, llevado a cabo en agosto del año 2024, durante el cual se dispusieron medidas cautelares sobre los bienes de Alexandre Rodrigues Gomes, procesado en ese expediente. Según la Fiscalía, posteriormente se habrían producido modificaciones irregulares en los registros oficiales que permitieron la transferencia de bienes sujetos a inhibición judicial.

El Ministerio Público sostiene que dichas alteraciones habrían posibilitado múltiples actos de disposición patrimonial, incluyendo operaciones inmobiliarias y vehiculares, algunas de ellas realizadas mediante instrumentos públicos cuya validez también es objeto de investigación. Estas actuaciones dieron lugar a una causa paralela centrada en la presunta frustración del comiso.