La Cámara de Apelación confirmó las resoluciones que señalaron para julio del 2024 la audiencia preliminar de la intendente de Valenzuela, Mirtha Fernández, y otros procesados por un presunto perjuicio de Gs. 1.199 millones. La audiencia preliminar sigue pendiente de realización.
El Tribunal de Apelación en lo Penal Primera Sala confirmó la resolución del Juez Penal de Garantías Rodrigo Estigarribia en el caso «Mirtha Elizabeth Fernández Yegros y Otros S/ Lesión de Confianza». La decisión de la Cámara rechaza el recurso de reposición con apelación en subsidio presentado por los abogados de Mirtha Fernández Yegros contra el A.I. N° 227 de fecha 19 de junio del 2024, manteniendo así la fecha de audiencia preliminar para la acusada.
La defensa argumentaba que el juzgado había dividido el proceso al señalar diferentes fechas de audiencia preliminar para los distintos acusados, lo cual consideraban una violación al principio de unidad del proceso. Además, alegaban la existencia de un recurso de casación pendiente que, según ellos, debía suspender el proceso.
El Tribunal de Apelación desestimó estos argumentos señalando que el Juez de Garantías actuó correctamente al fijar audiencias preliminares separadas para cada acusado, considerando que las responsabilidades son individuales y que no existe impedimento legal para realizar varios actos en esta etapa del proceso, especialmente en casos complejos con múltiples imputados. Asimismo, el Tribunal recordó que el recurso de casación no tiene efecto suspensivo, a menos que exista una medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia que ordene lo contrario.
Los magistrados Claudia Criscioni y Gustavo Amarilla se adhirieron al voto confirmatorio de la resolución recurrida, enfatizando la obligación del Juez en etapa intermedia de convocar a las partes para estudiar el requerimiento conclusivo del Ministerio Público con relación a cada uno de los procesados. En definitiva, el Tribunal de Apelación resolvió confirmar la resolución del Juez Rodrigo Estigarribia, declarando admisible el recurso interpuesto, pero rechazando sus fundamentos e imponiendo las costas procesales a la parte perdidosa.