Revocan fallo y conceden a Fernando González Karjallo el paso al período de prueba

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Abogada Raquel Talavera

Un Tribunal de Apelación ordenó que Fernando González Karjallo, hijo del condenado por usura Ramón González Daher, pase a un periodo de prueba como una siguiente etapa en el marco del cumplimiento de su condena de 5 años. Esto le permitirá pasar a cumplir su reclusión en un régimen de semilibertad dentro de la penitenciaría, según explicó su abogada Raquel Talavera.

La decisión se formalizó mediante el A.I. N° 351 dictado el 14 de octubre del 2025, con el voto unánime de los camaristas Arnulfo Arias, Paublino Escobar Garay y Adriana Giagni Rojas, quienes resolvieron admitir el recurso de apelación general presentado por la abogada Raquel Talavera y revocar el A.I. N° 309, emitido por el Juzgado de Ejecución el 14 de agosto de este año.

La abogada Raquel Talavera alegó que la juez Sandra Kirchhofer incurrió en una “inexacta interpretación del Código de Ejecución Penal”, al condicionar el avance de su defendido al cumplimiento previo de un tratamiento psicológico por cuatro meses. La defensa sostuvo que dicho tratamiento ya se encontraba en curso desde febrero del 2024 y que el principio de progresividad de la pena permite continuar con la terapia dentro del periodo de prueba, sin necesidad de postergar su promoción.

Asimismo, denunció que la magistrada minimizó informes técnico-criminológicos favorables, los cuales calificaron la conducta del interno como “muy buena”, con resultados negativos en análisis toxicológicos y una evaluación psicológica que lo describió como “trabajador, con autocrítica y en condiciones de recibir la medida solicitada”, según el escrito presentado.

Los miembros del Tribunal de Apelación coincidieron en que no existían impedimentos legales para otorgar la promoción solicitada.
El camarista Arnulfo Arias consideró que el tratamiento psicológico no debe ser un obstáculo, sino una herramienta complementaria que el interno puede seguir realizando durante el período de prueba.

En la misma línea, el Dr. Paublino Escobar Garay advirtió que la negativa inicial “llevaba al absurdo de que un condenado cumpla su pena sin posibilidad de acceder a beneficios intermedios, contrariando los principios constitucionales de reinserción social”. Por su parte, la Dra. Adriana Giagni Rojas se adhirió a las posiciones de sus colegas, respaldando la revocación del fallo.

El Tribunal concluyó que González Karjallo cumple con los requisitos establecidos en el art. 54 del Código de Ejecución Penal, entre ellos el tiempo transcurrido de la condena, en este caso más de la mitad cumplida y los informes favorables del equipo técnico-psicológico. González Karjallo fue sentenciado en 2021 a cinco años de prisión por el delito de lavado de dinero, pena que culminará el 03 de marzo del 2027.