El 27 de abril pasado, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Gladys Bareiro de Módica, Antonio Fretes y César Diesel, resolvió dos acciones de inconstitucionalidad promovida en el año 2003 es decir que se resolvieron 17 años después, ambos atacando la ley 2345/03 de “De la reforma y sostenibilidad de la caja fiscal del sistema de jubilaciones y pensiones del sector público”. Una fue presentada por el abogado Marciano Vera en representación del Sindicato de Funcionarios de la Dirección y Producción Animal (Sifudipa) y el otro presentado por los funcionarios de la Dinatran.
En el primero de los casos, el abogado Marciano Vera presentó acción de inconstitucionalidad contra los artículos 1, 4, 5, 9 y 18 de la ley 2345/03 de “Reforma y sostenibilidad de la caja fiscal del sistema de jubilaciones y pensiones del sector público”.
La preopinante, la ministra Gladys Bareiro de Módica, antes de hacer un análisis a la cuestión planteada, se excusa al recurrente por el tiempo que tardó en resolverse el presente caso.
“En primer lugar, debo lamentar el lapso transcurrido desde la promoción de esta acción de inconstitucionalidad, más que esta magistratura, n puede permitir más demora que la ya generada debido a que los autos, el expediente, llegaron a mi gabinete recién el 2º de mayo del 2014”, dice primeramente el escrito.
Según la resolución, los recurrentes omitieron acreditar válidamente su legitimación activa al no arrimar algún tipo de instrumento que certifique en forma fehaciente la calidad de funcionario público que invocan. Como también ninguno de los representados firmó el escrito de presentación de la acción.
El otro caso fue promovido por: Ricardo Emilio Arias, Giovanni Rafael Osorio, Ovidio Javier Talavera, Brigido Concepción Torres, María Magdalena Santacruz y Milner David Viveros, funcionarios de la Dirección General del Transporte (Dinatran), contra los artículos 4 y 5 de la mencionada ley, que supuestamente iban contra las garantías de igualdad y justicia al equiparar remuneraciones ordinarias con las bonificaciones, gratificaciones y horas extras.
La preopinante, Gladys Bareiro de Módica también se excusó como en el primer caso. Dijo en su voto que la Corte no puede inmiscuirse en las políticas públicas del Poder Ejecutivo