La Corte declaró la competencia de un Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, para llevar adelante el juicio al extitular de Petropar Sergio Escobar Amarilla y otros acusados por un presunto perjuicio patrimonial de Gs. 12.000 millones, vinculado a la supuesta provisión irregular de equipos para molinos para la planta de Mauricio José Troche.
El conflicto se produjo entre el Tribunal de Sentencia ordinario a cargo del magistrado Luis Héctor Capurro y el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos y Corrupción, luego de que ambos órganos se declararan incompetentes para continuar con el juzgamiento del proceso. Finalmente, la Corte Suprema resolvió declarar competente al Tribunal Especializado, atendiendo a la naturaleza del hecho investigado, el monto del presunto perjuicio económico y la vigencia de la Ley N° 6379/2019 y de la Acordada N° 1406/2020.
De acuerdo con la acusación, el Ministerio Público se ratificó en el requerimiento presentado en agosto del año 2014, por el cual imputó a Sergio Escobar Amarilla que se desempeñaba como presidente de Petropar, por su intervención en el proceso de licitación pública por subasta a la baja electrónica N° 06/2013, destinada a la provisión, instalación y puesta en marcha de equipos de electrificación de molinos para la planta industrial de Petropar en la ciudad de Mauricio José Troche.
Según la acusación, el 26 de diciembre del año 2012, Escobar firmó la Resolución N° 1440, mediante la cual autorizó el llamado a licitación. Posteriormente, tras la adjudicación, el 13 de marzo del 2013 se celebró el contrato PRE N° 232/13 entre Petropar y la empresa MGA Constructora, representada por Michael Azuaga, con un plazo de ejecución de 180 días y un monto contractual de Gs. 24.000 millones, incluido el IVA, bajo la modalidad “llave en mano”.
La administración del contrato quedó a cargo de la Gerencia de la Planta de Mauricio José Troche, entonces dirigida por Leoncio Saúl González López. No obstante, la Fiscalía sostiene que, mediante sucesivas adendas contractuales, se modificaron de manera irregular las condiciones de pago inicialmente pactadas.
En marzo del año 2013, Sergio Escobar firmó la primera adenda al contrato, incorporando un anticipo del 30% del valor total. Como consecuencia, Petropar desembolsó aproximadamente Gs. 7.200 millones a favor de la empresa contratista. Días después, en abril del 2013, a pedido del entonces jefe de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), Carlos Daniel Esquivel Isnardi, se promovió una segunda adenda, que elevó el anticipo total al 50% del contrato. En virtud de esta modificación, Petropar realizó un segundo pago anticipado por unos Gs. 4.800 millones.
El Ministerio Público sostiene que, pese a los desembolsos efectuados, la obra no fue ejecutada conforme a lo pactado. Si bien en agosto del 2013 se recepcionaron parcialmente algunos equipos, no se completaron los trabajos correspondientes a la electrificación de los molinos, ni se cumplieron los plazos establecidos para la ejecución de las distintas etapas del contrato.
La acusación señala que, a pesar del incumplimiento contractual, no se realizaron intimaciones formales a la empresa contratista ni se ejecutaron las pólizas de garantía por anticipo ni de fiel cumplimiento, lo que habría generado un perjuicio patrimonial estimado en unos Gs. 12.000 millones para Petropar.
Asimismo, se destaca que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) declaró la nulidad de la segunda adenda contractual en noviembre del año 2013, al considerar que la modificación introducida vulneró las normas vigentes, dado que la legislación solo permite anticipos de hasta el 20% del valor del contrato.
En cuanto a las responsabilidades individuales, la Fiscalía atribuye a Sergio Escobar la conducta principal, por haber autorizado los pagos anticipados y omitido medidas de resguardo patrimonial. A Leoncio González se le reprocha no haber comunicado el incumplimiento ni solicitado la ejecución de las garantías, pese a su rol como administrador del contrato. En tanto, a Carlos Daniel Esquivel Isnardi se le atribuye una participación como colaborador, al haber impulsado la segunda adenda que posibilitó el aumento del anticipo financiero.
Con base en estos antecedentes, la Corte Suprema de Justicia concluyó que la causa reúne los presupuestos legales para ser tramitada ante el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, órgano que deberá continuar con el juzgamiento del proceso en la etapa de juicio oral y público.







