Sala Penal deja firmes condenas con suspensión en caso de fmegaevasión de impuestos

234
Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación planteado por la defensa de Benicia Chaparro y Eulalio Gómez, con lo cual quedaron firmes las condenas de un año de prisión con suspensión a prueba dictadas en el 2023 por producción de documentos no auténticos.

De acuerdo con el fallo, ambas personas fueron sentenciadas mediante procedimiento abreviado en agosto de ese año por la juez Clara Ruíz Díaz, tras admitir los hechos vinculados a la utilización de facturas falsas para incrementar el crédito fiscal ante la entonces Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), hoy Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). La pena privativa de libertad fue suspendida bajo reglas de conducta por el plazo de un año.

Como parte de las condiciones impuestas, Chaparro deberá restituir al fisco la suma de Gs. 259.627.271 en doce cuotas mensuales, mientras que Gómez deberá abonar Gs. 419.590.910 también en doce pagos. Estas obligaciones forman parte de las reglas establecidas en la sentencia para mantener la suspensión de la ejecución de la pena.

En su análisis, los ministros Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Alberto Martínez Simón concluyeron que el recurso presentado por la defensa no cumplía con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley procesal, al no explicar de manera concreta los supuestos errores jurídicos atribuidos al fallo del Tribunal de Apelación que había confirmado la condena.

La resolución sostiene que los planteamientos recursivos se limitaron a expresar disconformidad con la decisión sin desarrollar argumentos claros sobre la alegada falta de fundamentación, lo que impidió habilitar el estudio de fondo del caso. En consecuencia, la Sala Penal ratificó la validez de las sentencias anteriores y dejó firme el cumplimiento de las reglas impuestas.