La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la recusación promovida por un alto funcionario de la Universidad Nacional de Asunción contra el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, dentro de una causa abierta por presunto abuso sexual en niños.
La defensa del procesado sostuvo que el titular del Ministerio Público habría perdido objetividad en la investigación y cuestionó diversas decisiones administrativas relacionadas con la designación y reasignación de agentes fiscales y de una fiscal adjunta que intervienen en el expediente.
Según la presentación realizada por el recusante, dichas actuaciones evidenciarían parcialidad y afectarían las garantías de imparcialidad en la conducción de la causa. En el escrito también se alegó una supuesta violación de normas de competencia y jurisdicción por parte de la máxima autoridad del Ministerio Público.
La Sala Penal recordó que, conforme a lo establecido en el art. 57 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y a un acuerdo previo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, corresponde a ese órgano resolver las recusaciones planteadas contra el fiscal general del Estado. En ese contexto, los ministros analizaron los argumentos expuestos por la defensa y concluyeron que los cuestionamientos formulados no encuadran dentro de las causales legales de inhibición o recusación previstas en la normativa vigente.
La resolución señala que las designaciones de fiscales adjuntos, fiscales provisorios o reasignaciones de causas constituyen facultades administrativas y funcionales propias del fiscal general, en su carácter de máxima autoridad responsable del funcionamiento institucional del Ministerio Público.
Los altos magistrados enfatizaron que tales decisiones se encuentran respaldadas tanto por la Constitución Nacional como por la Ley Orgánica del Ministerio Público y que no pueden ser revisadas por la Sala Penal a través de un incidente de recusación. Asimismo, la Corte sostuvo que las afirmaciones del recusante respecto a una supuesta pérdida de objetividad se sustentaban principalmente en desacuerdos con resoluciones administrativas adoptadas durante la investigación, lo que no configura, por sí mismo, una causal válida de apartamiento.
La resolución también menciona que existen otras recusaciones promovidas por el mismo justiciable contra fiscales de menor rango, incidentes que todavía deben ser analizados por las autoridades competentes del Ministerio Público. En consecuencia, la Sala Penal resolvió rechazar la recusación presentada contra Emiliano Rolón Fernández y dispuso la remisión inmediata del expediente al órgano jurisdiccional correspondiente para la prosecución de la causa.







