Se ha triplicado la cantidad de abusos sexuales en comunidades indígenas

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Directora de la Dirección de Derechos Étnicos del Ministerio Público, Dora Penayo

La Directora de la Dirección de Derechos Étnicos del Ministerio Público, Dora Penayo, habló con PDS Radio acerca del caso de una niña indígena de 10 años que quedó embarazada por un presunto abuso sexual. Sobre ello, señaló que la menor todavía se encuentra internada en un centro de salud. Por el momento se tiene la versión de los padres y del líder de la comunidad, Silbino Fariña.

“Por el momento no estamos pudiendo llegar por el camino, por eso todavía no pudimos ir y escuchar el testimonio de los miembros de la comunidad y ver los detalles. Es un hecho muy grave, si bien es cierto que los indígenas tienen una libertad sexual a partir de la primera menstruación, antes las menores menstruaban a los 16 años, ahora lo hacen a más temprana edad y entonces esto sucede con más frecuencia en los últimos tiempos” agregó.

Señaló que la menor solo mencionó que tiene un novio que se llama Luís y que están juntos hace como un año. No dio más datos del hombre porque tal vez lo está protegiendo, pero es una situación que no se puede juzgar por el derecho consuetudinario. Mencionó que se deben reconocer ciertas omisiones que tuvo el Estado con los pueblos indígenas en base a las leyes, ya que las mismas son promulgadas sin participación de los mismos y, cuando una ley es aprobada, ésta no se les socializa a los miembros de las comunidades.

“No hay ninguna campaña para con los indígenas, de manera tal que ellos también sepan acerca de la situación de prohibición que también rige para ellos. Normalmente en un caso de una nena de 10 años no hay perdón, a no ser que el autor sea menor de edad” comentó.

Afirmó que en este tipo de casos también es importante tener en cuenta la situación de pobreza y contexto social en que viven los indígenas. Explicó que, normalmente los mismos no tienen recursos suficientes ni para dar de comer a sus hijos e hijas, por lo que lo único que quieren es que sus hijas se casen o forma pareja antes de tiempo para poder conseguir a alguien que las alimente.

Otra problemática es ver quién se encargará de alimentar al bebé que la víctima de abuso traerá al mundo, ya que muchas veces ambos menores quedan desprotegidos y, si al abusador se lo condena a una pena privativa de libertad, corre riesgo de ser abusado dentro de la penitenciaría, contraer enfermedades venéreas y cuando salga no será capaz de reinsertarse en la sociedad, porque será marginado.

“El Estado tampoco se hace cargo de la niña que es madre, entonces a veces el mayor castigo con la pena privativa de libertad, es para los dos menores, la mamá y el bebé producto de esa unión. Yo soy del criterio de que hay que castigar, pero siempre viendo todo el panorama, porque nuestro criterio y nuestro derecho es muy dictatorial, es algo que se les impone a los indígenas” comentó.

Manifestó que la constitución en la comunidad se dará con el fin de identificar al presunto autor del abuso y ver cuál sería el castigo menos dañino para la persona, ya que, hasta ahora, la única respuesta que hay para este problema social que tiene el Estado, es la cárcel, sin embargo, en este tipo de situaciones, la cárcel forma parte del problema y no de una solución.

Explicó que, dentro del derecho consuetudinario, si los miembros de la comunidad deciden formar una pareja, necesariamente deben tener el consentimiento del líder y de los padres de la niña. En este caso, los padres de la menor refieren que no tenían conocimiento de que la misma tenía una pareja, por lo que Penayo señala que existe una violación del deber del cuidado.

“Tenemos que llegar al fondo de esto, nuestro trabajo es el acceso a la justicia por parte de los indígenas y la Fiscalía es la única institución que hace participar a las autoridades y a las comunidades dentro de un hecho específico. Es muy fácil decir que se los debe castigar, pero hay que ver, sobretodo, si la persona es consciente de que está obrando mal, porque ellos la mayoría de las veces no son conscientes de que algo no se debe hacer, en derecho lo llamamos error de prohibición” dijo Penayo.

El artículo 63 de la Constitución Nacional sobre la identidad étnica establece que «queda reconocido y garantizado el derecho de los pueblos indígenas a preservar y a desarrollar su identidad étnica en el respectivo hábitat. Tienen derecho, asimismo, a aplicar libremente sus sistemas de organización política, social, económica, cultural y religiosa, al igual que la voluntaria sujeción a sus normas consuetudinarias para la regulación de la convivencia interna, siempre que ellas no atenten contra los derechos fundamentales establecidos en esta Constitución. En los conflictos jurisdiccionales se tendrá en cuenta el derecho consuetudinario indígena.»

Penayo manifestó que en los últimos tiempos se han triplicado los casos de abuso sexual en las comunidades indígenas, debido a la hipersexualización a la cual han tenido acceso a través de los dispositivos electrónicos, donde pueden ver distintos contenidos en las redes sociales.

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