“Se probaron todos los hechos acusados”, sostiene fiscal tras sentencia por corrupción en la SEN

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Fiscal Silvio Corbeta

El fiscal Silvio Corbeta se mostró conforme con la condena de 8 años de prisión impuesta al exministro de la SEN, Joaquín Roa, quien, según se probó en juicio, recibió una lujosa embarcación de USD 450.000 y otras coimas para beneficiar con licitaciones públicas direccionadas al empresario Alberto Koube, quien fue condenado a 6 años de cárcel.

Corbeta sostuvo que la resolución judicial se ajusta a la teoría fiscal planteada desde el inicio del proceso, remarcando que el tribunal concluyó que no existió arbitrariedad ni exageración en la acusación, sino que las conductas fueron probadas conforme a la evidencia producida. En ese sentido, señaló que se acreditaron hechos como administración en provecho propio, lesión de confianza y cohecho pasivo, lo que, a criterio de la Fiscalía, justifica la pena impuesta.

El agente fiscal destacó además que el tribunal valoró la gravedad institucional de los hechos, atendiendo a que las irregularidades se produjeron dentro de un organismo clave como la Secretaría de Emergencia Nacional, encargada de administrar recursos públicos destinados a situaciones críticas y de asistencia social. Según explicó, este aspecto fue debidamente considerado tanto en los alegatos finales como en la fundamentación de la sentencia.

En relación con la determinación de la pena, Corbeta aclaró que, al momento de su admisión, el Ministerio Público hizo hincapié en que los recursos públicos habrían sido destinados a fines distintos a los previstos legalmente, conforme a lo demostrado en primera instancia. Añadió que la ponderación de esos elementos forma parte de la potestad exclusiva del tribunal, el cual, según indicó, actuó dentro del marco legal al fijar la sanción.

Consultado sobre el levantamiento del arresto domiciliario solicitado por la Fiscalía respecto a Joaquín Roa, el fiscal explicó que el pedido respondió a una cuestión técnica. Señaló que, de mantenerse dicha medida, el condenado habría continuado computando la pena en su domicilio, lo cual, según la interpretación reiterada de tribunales especializados y cámaras de apelación, constituye una ficción jurídica que no equivale a una pena privativa de libertad efectiva. Por ello, afirmó que el levantamiento resultaba lo más adecuado para evitar que el transcurso del tiempo beneficie indebidamente al condenado.

Respecto a la situación procesal de Alberto Koube Ayala, Corbeta precisó que el empresario permanece privado de libertad, debido a que enfrenta otra causa considerada de mayor gravedad, vinculada a narcotráfico y lavado de dinero en el marco de la causa A Ultranza, lo que impide la concesión de medidas alternativas. Subrayó que, por ese motivo, ambos condenados se encuentran en situaciones procesales distintas.

Finalmente, el fiscal resaltó la importancia del comiso del yate ordenado por el tribunal, al señalar que se trata de una consecuencia directa prevista en el Código Penal. Explicó que, al probarse que la embarcación fue entregada como parte del hecho de cohecho, correspondía privar a los condenados del beneficio obtenido de manera ilícita, en línea con el principio de que los bienes provenientes de hechos antijurídicos no pueden permanecer en poder de sus autores.