Según camarista, la causa del sacerdote Silvestre Olmedo prescribió en el juicio oral

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Con respecto a la resolución en mayoría del Tribunal de Apelación que resolvió la prescripción de la causa del sacerdote Silvestre Olmedo, el camarista Guillermo Zillich mencionó que la causa prescribió al momento de la realización del juicio oral y público, puesto que habían trascurrido los tres años de prescripción de la pena, por lo tanto, decidieron declarar prescripta la pena por votos en mayoría.

 

 

Comentó que desde la última interrupción hasta la audiencia del juicio oral y público ya habían trascurrido los tres años correspondientes a la prescripción. El voto en minoría era absolver, porque los hechos atribuidos al sacerdote no se subsumían dentro del tipo penal de acoso sexual, según el voto del Dr. Aníbal Rodríguez Kennedy.

 

 

Explicó que su voto acompañó al voto de la Dra. Nidia Fernández, y no hicieron ningún tipo de valoración del hecho, sobre si existió o no existió acoso sexual por parte de Olmedo, solo se limitaron a hacer un cómputo a efectos de determinar si la pena estaba o no prescripta.