La Fiscal Stella Mary Cano presentó una acción de inconstitucionalidad contra la sanción impuesta por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que resolvió su apercibimiento por las actuaciones desplegadas en la causa abierta al exintendente de Asunción Mario Ferreiro. La misma asegura que hubo aseveraciones parciales por parte del Ministro Alberto Martínez Simón.
Al respecto, la agente del Ministerio Público manifestó que esta acción fue presentada argumentando que la fundamentación esgrimida por el Jurado es que, dicho órgano colegiado se ha expedido en cuanto a un argumento que resulta aparente ya que solo hace referencia a la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Sentencia en el juicio en el que fue absuelto Mario Ferreiro junto a otras personas que se encontraban procesadas en la misma causa.
“Al referirse el JEM, casi en forma exclusiva solo a la sentencia definitiva, han fundado de manera aparente ya que no han considerado los demás elementos ofrecidos como prueba. Para ser más concreta, la resolución judicial dictada por un Tribunal de Sentencia es una prueba documental ofrecida y producida, pero lo que el JEM por disposición del art. 11 de la Ley 6814, debe limitarse a examinar la conducta de un magistrado, la cual no puede ser plasmada en una resolución judicial” comentó.
La misma refiere que en este caso su conducta como agente fiscal debe ser analizada desde el punto de vista de cuáles fueron los actos procesales que llevó adelante como los allanamientos realizados y otros actos de investigación, que determinaron su decisión de formular acusación contra e exintendente de Asunción. Según Cano, es la conducta del magistrado o, en su caso, agente fiscal, la que debe ser analizada por el Jurado de Enjuiciamiento, sin embargo, al sancionarla con el apercibimiento, parcialmente se limitaron a analizar la sentencia definitiva de absolución.
“Además lo han hecho de manera parcial, por lo cual, también se cuestiona en esta acción de inconstitucionalidad, la imparcialidad con la que deben actuar los miembros del JEM y me remito específicamente a las consideraciones realizadas en su momento por el Ministro de la Corte Suprema de Justicia Alberto Martínez Simón, que realizó afirmaciones personalísimas en contra mía o en contra de mi función de agente fiscal, ya que al emitir su voto realizó consideraciones que exceden por demás el deber de imparcialidad con la que debe actuar un miembro del JEM” afirmó.