Desde la Cámara de Senadores ya comunicaron sobre el desafuero del Senador colorado Hernán Rivas al Juez Penal de Garantías Miguel Palacios, quien ya admitió la imputación contra el legislador y lo citó para su audiencia de imposición de medidas para el viernes 23 de febrero a las 08:00hs.
Según el escrito de imputación presentado por la Fiscal Patricia Sánchez, Rivas es sindicado de haber cometido los hechos punibles de producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso. Para el Ministerio Público existen indicios suficientes sobre su autoría en la comisión de los hechos citados.
Todo esto se da en el marco de que, aparentemente, el legislador utilizó un título y certificado de estudios aparentemente de contenido falso para obtener su matrícula de abogado, documento público que le fue expedido por la misma Corte Suprema de Justicia (CSJ). El plazo para investigar el caso es de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo, sin embargo, al contar Rivas con sus fueros, la Fiscalía solicitó la notificación del mismo una vez resuelto su desafuero por la Cámara de Senadores.
En el acta de imputación se puede leer que, para la Fiscal Patricia Sánchez no existe ningún documento académico que sustente la veracidad de que el procesado haya cursado siquiera un año de la carrera de derecho en la Universidad Sudamericana. Sin embargo, el mismo cuenta con un título de abogado y la matrícula correspondiente expedida por la CSJ. En fecha 06 de julio del año 2023, Rivas utilizó su matrícula de abogado junto con los otros documentos para ser elegido por sus pares como Presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). Esto también ocurrió en el año 2020, cuando el mismo cumplía funciones como Diputado de la nación.
De esta forma, Hernán Rivas no solo cometió hechos punibles establecidos en el Código Penal, sino que también violó la Constitución Nacional, teniendo en cuenta que, a través de sus actos, le fue permitido acceder a la dignidad de ser Juez de Jueces sin contar con la aptitud académica requerida para tal efecto, lo cual está establecido en la normativa.