Para esta mañana estaba previsto el inicio del juicio del periodista Carlos Granada, acusado por presunto acoso sexual, coacción, coacción sexual y violación hacia trabajadoras de la comunicación del Grupo Albavisión, sin embargo, la defensa presentó un recurso de reposición y apelación el subsidio el viernes pasado.
La defensa había presentado el recurso de reposición y apelación subsidiaria contra la providencia mediante la cual se asignó a la juez Sonia Villalba para integrar el Tribunal de Sentencia que debe juzgar a Granada. El martes le notificaron la providencia que habla de la imposibilidad del miembro Juan Pablo Mendoza para participar del juicio y la consecuente convocatoria de la magistrada Sonia Villalba.
El Tribunal de Sentencia rechazó la reposición planteada por la defensa y finalmente se suspendió el inicio de la audiencia oral, debido a que ahora es la Cámara de Apelaciones la que deberá pronunciarse antes de que el juicio pueda reanudarse. El abogado Álvaro Arias, defensor de Granada, explicó que el reemplazo del juez Juan Pablo Mendoza por la magistrada Sonia Villalba motivó la presentación del recurso y, en consecuencia, la postergación del proceso.
El tribunal había sido originalmente conformado por la juez Laura Ocampo como presidente y los magistrados Cándida Fleitas y Fabián Weisensee como miembros. Sin embargo, ante la tramitación de incidentes previos al juicio, el juez Weisensee se inhibió al encontrarse comprendido dentro de las causales del art. 50 del Código Procesal Penal debido a un relacionamiento con el abogado querellante.
Su lugar fue ocupado por el juez Juan Pablo Mendoza, quien intervino en varias audiencias preliminares. No obstante, días antes del inicio del juicio, la juez Ocampo dispuso su reemplazo por Sonia Villalba, argumentando la imposibilidad del magistrado Mendoza de asistir dos de los cinco días fijados para las audiencias iniciales.
“El juicio no va a durar una semana. Con la cantidad de pruebas ofrecidas tanto por el Ministerio Público, la querella y la defensa, estamos hablando de un proceso extenso. Por eso consideramos incorrecto desplazar al juez Mendoza de esta forma”, afirmó Arias.
Asimismo, señaló que no existe objeción contra la jueza Villalba, pero que el artículo 2º del Código Procesal Penal, que garantiza el derecho al juez natural, debe ser respetado. “Si un magistrado no puede intervenir, debe inhibirse, no ser desplazado arbitrariamente”, recalcó el abogado.