Respecto a la causa que afronta la exjuez Tania Irún tras otorgar más de 310 mil hectáreas en el Chaco a empresas de maletín, el abogado Osvaldo Bittar señaló a PDS Radio que el Juez de Garantías Yoan Paul López realmente no imprimió trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo de la exmagistrada, sino que aplicó el trámite de falta de acusación.
Esto quiere decir que el Juez Penal de Garantías considera que dentro de la carpeta fiscal existen elementos suficientes como para que el Ministerio Público formule una acusación y, por consiguiente, el juzgado penal de garantías eleve a un eventual juicio oral y público. El abogado explicó que es muy diferente un trámite de oposición a un trámite de falta de acusación, por lo que es importante resaltar que el magistrado considera que sí existen elementos que puedan sustentar una acusación formal en contra de Tania Irún.
“Dicho esto, dentro de la carpeta fiscal tenemos un sinnúmero de elementos probatorios que pueden conllevar a una sanción contra Tania Irún. Estos elementos probatorios que obran en la carpeta y que llevó a llegar a esta instancia procesal, que estuvieron a la vista del Juez López, fue lo que lo llevó a dictaminar que existen elementos para elevar la presente causa a juicio oral y público” agregó el abogado.

Refirió que, según lo estipulado por la norma, como el fiscal ordinario pierde competencia cuando esto sucede, teniendo en cuenta la falta de acusación por parte del Ministerio Público, el encargado de resolver esto es el encargado superior de la fiscal ordinaria, es decir, estando la causa en la Unidad Especializada en Delitos Económicos, es la Fiscal Adjunta de dicha unidad la que tiene que resolver si dictamina a favor de los manifestado por el Juez de Garantías en su resolución o si ratifica lo actuado por la fiscal inferior.
Algo no menos importantes es que, dentro de la administración del Ministerio Público existe un control de línea, dentro del cual el fiscal ordinario advierte al superior de qué es lo que se va a llevar adelante en cuanto a las causas que se asemejan a la complejidad de la causa iniciada por la Asociación Espíritu Santo. Dentro de ese orden de ideas se tiene que la agente fiscal Natalia Fuster ha informado a su superior, la Fiscal Adjunta Soledad Machuca, qué determinación llevaría adelante en la presente causa.

“Tenemos grandes sospechas de que, dentro de ese control de línea, en su momento, la Fiscal Natalia Fuster había informado a la Adjunta que la misma iba a formular acusación en contra de Tania Irún y fue ese motivo el que llevó a la recusación de la Fiscal Fuster a los efectos de buscar una fiscal a medida que presente el requerimiento conclusivo de sobreseimiento definitivo” comentó Bittar.
Ahora, teniendo en cuenta esta sospecha de que la Adjunta Soledad Machuca ya tuvo conocimiento de los planes de la Fiscal Natalia Fuster en el marco de la causa, el abogado mencionó que no queda otra opción más que Machuca rectifique el requerimiento conclusivo de sobreseimiento definitivo presentado por la Fiscal Verónica Valdez tras la recusación de su colega y formule acusación en contra de la exmagistrada Tania Irún.
Esto teniendo en cuenta que los elementos obrantes dentro de la carpeta fiscal no pueden ser evaluados solamente por una fiscal ordinaria, sino que también deben ser estudiadas y analizadas por un Tribunal de Sentencia a los efectos de que sea el colegiado quien considere si los elementos probatorios son suficientes o no a los efectos de condenar o absolver a la exmagistrada, no una unidad penal ordinaria; más aun teniendo que un Juez competente ya dictaminó a través de una resolución que se encuentra firme, que esta causa debe ir a juicio oral y público.