Ante la comunicación del estado de salud del pastor José Insfrán, por parte de la SENAD, la jueza Rosarito Montanía ordenó el lunes que un equipo de SEMR se traslade junto a él con un aparato portátil para que la realización de una radiografía torácica, además de la constitución de la médico forense del poder judicial, quien llegó hasta la base de la SENAD a las 02:00hs.
Tanto la médica del poder judicial como el médico de la SENAD, refirieron que su cuadro era urgente y requería Internación. Bajo fuerte dispositivo de seguridad fue remitido ayer en el transcurso de la mañana al Ineram, donde fue sometido a varios estudios, inclusive el de próstata. Hoy se deben remitir los informes, no obstante, se tomó conocimiento que el mismo se encuentra bien de salud, COVID negativo y sin criterio de Internación.
Al respecto, el abogado Daniel Lobo refirió a PDS Radio que realmente no está en conocimiento de cuál es el cuadro en el que se encuentra Insfrán, ya que esto se realizó a pedido de la médica del Poder Judicial y el de la SENAD. El abogado solamente se limitó a presentar el pedido oficial ante la Juez Penal de Garantías Rosarito Montanía, para que se lo traslade para realizarse los estudios correspondientes.
“La SENAD fue la que se comunicó conmigo, no mi defendido. Es más, porque justamente no sabía cuál era su cuadro no me fui todavía a hablar con él. Con respecto al caso en sí, hemos solicitado algunas diligencias como pedido de informe a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y a los Registros Públicos” comentó.
También han solicitado que el Ministerio Público pida a la SENAD una copia íntegra de todos los audios, por lo que se encuentran aguardando que el Fiscal libre dicho oficio para conseguir dicha información. Respecto a la recusación contra la Magistrada, comentó que la misma fue rechazada por motivos que no hacen a la misma, según el abogado. Afirmó que se encuentra estudiando otras medidas que, indiscutiblemente, adoptará en el ejercicio de la defensa y que incluso alcanzará a los tres miembros del Tribunal, ya que, según el letrado, los mismos emitieron una resolución totalmente ajenas a derecho y a los hechos concretos de la recusación.







