Tribunal de Apelación Especializado en delitos económicos y Crimen Organizado, integrado por Arnulfo Arias, Gustavo Ocampos y Bibiana Benítez, confirmó la providencia del juez Penal de Garantías José Agustín Delmás, por la cual recibió la acusación contra el ex intendente de Concepción, Alejandro Urbieta, procesado por lesión de confianza junto con otras 3 personas. Una vez que el expediente baje al juzgado se podrá fijar fecha para la audiencia preliminar.
El agravio de Urbieta fue que se admitió el requerimiento conclusivo de acusación y elevación a juicio oral y público presentado por el Ministerio Público sin que haya existido notificación del acta de imputación y por ende se desconocen los hechos que se le atribuyen al encausado, así como no se le ha dado la oportunidad de ofrecer e impugnar medios de prueba.
El 25 de enero de este año, el juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos, José Agustín Delmás había resuelto no hacer lugar a el recurso de reposición interpuesta contra la providencia a través de la cual fue admitida la acusación de la fiscal Stella Mary Cano contra el ex intendente de Concepción, Alejandro Urbieta Cáceres y otros, por el hecho punible de lesión de confianza, con relación a un contrato de más de G. 8 mil millones adjudicada a la empresa Conserpar.
En la causa también se encuentran: Alberto Vera Escurra, ex administrador de la municipalidad, Arsenio Domínguez, quien fuera fiscalizador de obras y Rigoberto Vicencini Benítez, propietario de la empresa mencionada.
Según la acusación fiscal, el monto exacto de la adjudicación es de G. 8.199.571.925 para la construcción de desague fluvial, empedrados y adoquinados, contrato que se firmó en el 2016, sin embargo, las obras supuestamente no fueron terminadas y que solo se logró ejecutar G. 6.063.405.010, según el propio ex intendente.
Sobre esta situación, de la ejecución parcial de las obras, se realizó una pericia técnica que logró demostrar que los trabajos realizados solo llegan a G. 4.466.652.321, por lo que el presunto perjuicio patrimonial sería de G. 1.596.752.689.