Tribunal de Apelación confirma al juez Humberto Otazú en la causa de Hugo Javier por lesión de confianza

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El Tribunal de Apelación en lo Penal en Delitos Económicos, integrado por Arnulfo Arias, Andrea Vera Aldana y Bibiana Benítez, no hizo lugar a la impugnación deducida por el juez Humberto Otazú contra la inhibición de José Agustín Delmás, por lo que confirma al primero en la causa del gobernador del departamento Central, Hugo Javier González, imputado por lesión de confianza, junto a otras 14 personas.

 

El Tribunal de Alzada considera que la continuidad de Delmás al frente de la causa podría producir parcialidad a lo largo del presente proceso, debido a la enemistad alegada por el mencionado magistrado hacía el abogado Casati.

 

El 8 de noviembre pasado, Delmás se había apartado de la causa del gobernador de Central por lesión de confianza en el caso facturas falsas, ya que entró a intervenir ahora como defensor Hugo Javier González, el abogado Andrés Casati, con quien tiene motivos de excusación.

 

“En atención a la carta poder presentada por el abogado Andrés Casati, en representación del imputado Hugo Javier González y notando el proveyente lo resuelto por el Tribunal de Apelación, Primera Sala, del 19 de agosto pasado, en los autos caratulados Justo Ferreira y otros sobre contrabando y considerando lo que dispone el artículo 112 del Código Procesal Penal, en su parte pertinente, los abogados designados por el imputado en su primer acto de intervención en el procedimiento, estarán exentos de esta prohibición, dada esta primera intervención del abogado Andrés Casati, por imposición superior jerárquico, y por razones de decoro y delicadeza, sepárome de entender en dicha causa, en consecuencia, remítase estas actuaciones al juzgado que sigue en orden de turno”, decía el escrito del juez Delmás.

 

En la fecha, el abogado Andrés Casati presentó recusación contra el juez José Agustín Delmás, ya que este le tiene un evidente desprecio, sorpresivamente, pese a inhibirse del caso, vuelve de la nada a intervenir en el procedimiento. Sin embargo, con la resolución del Tribunal de Apelación, desistirá de la mencionada recusación.