El Tribunal de Apelación, Segunda Sala, integrado por José Agustín Fernández, Bibiana Benítez y Delio Vera Navarro, resolvió confirmar la providencia del juez Penal de Garantías Julián López a través del cual decidió tratar en la audiencia preliminar la excepción de falta de acción planteada por el abogado José Costa Perdomo en representación de la expresidenta de Petropar Patricia Samudio en la causa conocida como agua tónica. Con esto hay vía libre para fijar fecha de audiencia preliminar.
José Costas Perdomo había planteado un recurso de reposición y apelación en subsidio contra la providencia de fecha 15 de febrero de 2022, dictado por el juez Otazú, en la cual se resolvió; diferir el estudio de la excepción de falta de acción planteada para el día de la audiencia preliminar, señalada para el día 30 de diciembre de 2021. Lo que cuestiona el recurrente es que, la excepción de falta de acción debe ser tratada y resuelta antes de la audiencia preliminar.
La resolución del Tribunal de Apelación sostiene que en cuanto al momento en que se debe proceder a sustanciarlas o resolverlas la excepción de falta de acción, y que es objeto de recurso, debemos tener en cuenta que el artículo 352 del Código Procesal Penal establece que, presentada la acusación u otras solicitudes provenientes del Ministerio público o la querella adhesiva, al Juez Penal de Garantías le compete el señalamiento de la audiencia preliminar.
Asimismo, el artículo 356 de la normativa procesal penal, dispone que inmediatamente finalizada la audiencia, el juez resolverá todas las cuestiones planteadas y, en su caso: 3) resolverá las excepciones planteadas; 4) sobreseerá definitiva o provisionalmente según el caso…». Por lo tanto, la audiencia preliminar es el espacio de controversia oral de las pretensiones deducidas, y no existe otro momento procesal ex ante, teniendo en cuenta los principios de concentración y de inmediatez.
El 18 de febrero pasado debió realizarse la audiencia preliminar, sin embargo, se suspendió debido a esta apelación, por lo que ahora el juez Julián López debe fijar nueva fecha para la audiencia preliminar.
En el caso también están acusados: Félix Marcelo Chávez, Roberto Luis Cabrera, Miguel Darío Cáceres, Freddy Agustín Careaga.
Los fiscales Liliana Alcaraz, Francisco Cabrera y Silvio Corbeta formularon acusación y solicitaron la elevación de la causa a juicio oral y público para la ex titular de la petrolera estatal y su marido y para los ex funcionarios, por lesión de confianza, en el famoso caso de las aguas tónicas para el combate contra el covid – 19.
La ex presidenta de la petrolera estatal y su esposo José Costa habrían montado un esquema para la adquisición de insumos médicos en épocas de covid, para desviar fondos de la institución mediante la compra vía excepción.
Según la acusación fue adjudicada la empresa Solumedic S. A, que fue la única firma proveedora que acudió a la convocatoria, por un monto de G. 359.700.000, para 14 items, que debían ser proveídos por la empresa a Petropar.
Estos fondos públicos correspondiente a la compra efectuada, fueron depositados a la cuenta de la empresa Solumedic S. A del Banco Itaú, no obstante, al realizar el rastreo de los mismos se certificó que el dinero fue transferido íntegramente a la empresa Racole S. A.
Esta empresa informó al Ministerio Público que dicha transferencia de dinero recibida de Solumedic S. A, no fue en concepto de alguna operación comercial, sino que fue realizada a los efectos de saldar una deuda contraída de forma personal por José Costa Perdomo, pareja de la entonces titular de Petropar, Patricia Samudio, y a tal efecto adjuntó copia autenticada del pagaré suscrito.
