Un Tribunal de Apelación revocó la decisión de postergar el juicio al excandidato presidencial Paraguayo Cubas, dando vía libre a los jueces de sentencia para llevar adelante el juzgamiento, en la causa iniciada por los disturbios ocurridos en inmediaciones del TSJE luego de las elecciones generales del 2023.
El fallo anterior dictado en fecha 01 de julio del 2025 por los jueces Cándida Fleitas, Christian González y Héctor Capurro Radice, había dispuesto la suspensión del juicio oral hasta tanto la Corte Suprema de Justicia resolviera una acción de inconstitucionalidad planteada por la defensa técnica de Cubas, representada por la abogada Gessy Ruiz Díaz.
Sin embargo, el Tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Arnaldo Fleitas Ortiz, Adriana Giagni y Arnulfo Arias, determinó que no existe disposición de la Corte Suprema que ordene la suspensión de los actos procesales, por lo que el juicio puede continuar normalmente.
El colegiado argumentó que, conforme al art. 559 del Código Procesal Civil, la interposición de una acción de inconstitucionalidad solo tiene efecto suspensivo cuando se trata de una sentencia definitiva o cuando la Corte así lo disponga expresamente, lo que no ocurrió en este caso. Por ello, el Tribunal consideró improcedente la suspensión del proceso y resolvió revocar el A.I. Nº 587 dictado por el Tribunal de Sentencia.
De esta manera, el proceso contra Paraguayo Cubas, quien enfrenta acusaciones derivadas de hechos ocurridos en manifestaciones y disturbios públicos durante el año 2023, continuará su curso ante el Tribunal de Sentencia Nº 6 de la Capital.







