El Tribunal de Apelaciones Especializado en Crimen Organizado confirmó la resolución que rechazó el cambio de calificación jurídica y la revocatoria de la prisión preventiva de Gianina García Troche, procesada en la causa por crimen organizado vinculada al caso A Ultranza Py, al considerar que no existen hechos nuevos que justifiquen modificar la medida cautelar.
El colegiado desestimó los argumentos de la defensa, que alegó resolución fuera de plazo, pena anticipada, afectación a la presunción de inocencia y supuesta discriminación por nacionalidad y género, señalando que la juez de garantías fundamentó de manera adecuada su decisión.
El Tribunal destacó que la imputada carece de arraigo en el país, posee recursos y movilidad suficientes que generan convicción de peligro de fuga y registra antecedentes de rebeldía, circunstancias que configuran un riesgo de fuga manifiesto.
Asimismo, concluyó que la prisión preventiva cumple fines estrictamente cautelares, no vulnera derechos constitucionales y resulta necesaria para asegurar la comparecencia de la procesada y el normal desarrollo de la investigación, descartando además la existencia de afecciones graves de salud que tornen improcedente la medida.







