El Tribunal de Sentencia de Delitos Económicos, Primer Turno, se declaró incompetente para juzgar la causa contra el exministro de Urbanismo, Dany Durand, y otros exdirectivos de Mocipar que habrían ocasionado un perjuicio patrimonial de G. 40.155.000 a una excliente mediante la suscripción de contratos para la adquisición de vehículos y una vivienda.
La jueza Ana Rodríguez, miembro del Tribunal, refirió que la causa N°
1-1-2-1-2020-4770 no cumple con los requisitos establecidos en la acordada que regula la competencia del fuero Especializado, ya que el perjuicio patrimonial no está vinculado con ninguna entidad estatal o en su caso una entidad financiera.
Según la acusación, Dany Edgar Xavier Durand Espínola, Fernando Román Fernández, Luz Marina González de Durand, Diana Teresita Britos Ocampo de Román, Flavio Arturo Britos Ocampo y María Patricia Espínola Durand habrían articulado, establecido y aprobado las condiciones de los contratos ofrecidos por las empresas de MOCIPAR.
Mediante las publicidades y las promesas realizadas antes de la firma de los contratos, se habría convencido a la víctima Lilian Rosa Bogado de Sánchez de adquirir distintos contratos para acceder a vehículos y una vivienda, bajo la creencia de que, al resultar adjudicada, dejaría de pagar las cuotas y recibiría el bien prometido.
Según el relato, la víctima continuó realizando pagos e incluso renovando contratos, convencida de que accedería a los bienes ofrecidos y con el fin de no perder los montos ya aportados. Sin embargo, continuó pagando hasta el 29 de junio de 2018 sin recibir el beneficio o la contraprestación prometida, lo que habría ocasionado un perjuicio patrimonial de Gs. 40.155.000.





