El Tribunal de Sentencia integrado por Manuel Aguirre, Rossana Maldonado y Juan Ortiz resolvió no hacer lugar al pedido de revisión de la prisión preventiva planteado a favor de Ada Arasy Ruiz Díaz de Lezcano, condenada en la causa por homicidio doloso del militar Líder Javier Ríos.
La solicitud había sido presentada por el abogado Alcides Burgos, quien requirió la reconsideración de la medida cautelar vigente desde enero del año 2023. Sin embargo, durante la audiencia convocada para analizar el planteamiento, ninguna de las partes compareció, incluida la propia defensa técnica.
De acuerdo con el acta, el defensor informó telefónicamente que no asistiría debido a otra diligencia judicial y que volvería a presentar el pedido en una ocasión posterior. Ante esta situación, el Tribunal consideró que la solicitud resultó inoficiosa, al no haberse sostenido ni argumentado en audiencia oral, como lo exige el procedimiento penal vigente.
Los magistrados recordaron que el sistema procesal penal es esencialmente oral, por lo que los pedidos de revisión de medidas cautelares deben ser expuestos y debatidos en audiencia, con la participación de las partes, a fin de permitir el contradictorio y una resolución inmediata.
Asimismo, el colegiado señaló que no se han presentado elementos nuevos que justifiquen una modificación de la prisión preventiva. En ese sentido, valoró la gravedad del hecho atribuido, la elevada expectativa de pena y la persistencia del peligro de fuga.
El Tribunal también tuvo en cuenta que la acusada ya cuenta con una condena de diez años de prisión, dictada en el 2025, aunque posteriormente el caso fue reenviado a un nuevo juicio oral y público únicamente para la determinación de la sanción definitiva.
En consecuencia, se resolvió mantener vigente la medida cautelar de prisión preventiva y rechazar el pedido de la defensa, dejando la posibilidad de que se formule un nuevo planteamiento en el momento procesal oportuno.







