En cumplimiento de la resolución del Tribunal de Apelación, la jueza de Ejecución Lidia Wyder otorgó las salidas transitorias a favor de María del Carmen Martínez, exdirectora de Talento Humano condenada en el caso #UNANoTeCalles. La mujer podrá abandonar la prisión los sábados desde las 09:00hs y deberá retornar los lunes a las 09:00hs, en el marco del cumplimiento de su condena a 3 años 6 meses por hechos de corrupción destapados tras la revuelta estudiantil que ocurrió en el año 2015.
En junio del corriente año, la defensa técnica, ejercida por el abogado Yamil Coluchi Báez, promovió un incidente de salidas transitorias a favor de la condenada. El pedido fue inicialmente rechazado por el Juzgado de Ejecución, decisión que motivó la interposición de un recurso de apelación general. El Tribunal de Apelación Penal Primera Sala declaró admisible el recurso, hizo lugar al mismo y revocó la resolución que había negado el beneficio.
En cumplimiento estricto de lo resuelto por el Tribunal de Alzada, la juez de Ejecución Wyder Mendieta dictó el A.I. N° 249, mediante el cual concedió las salidas transitorias a Martínez Méndez por el plazo de tres meses, a partir del 03 de enero del 2026. El régimen autorizado establece que la interna podrá salir los días sábados a las 09:00 y deberá retornar al establecimiento penitenciario los lunes a la misma hora, debiendo permanecer durante ese tiempo en un domicilio fijado en la ciudad de Fernando de la Mora.
La resolución impone un conjunto de reglas de conducta y obligaciones, entre ellas restricciones horarias nocturnas, prohibición de consumo de alcohol y sustancias estupefacientes, prohibición de portar armas, de salir del país y de vincularse con personas o lugares que puedan influir negativamente en su proceso de reinserción. Asimismo, se ordenó la realización de tratamiento psicológico, controles toxicológicos cuando el juzgado lo requiera y la presentación periódica de informes sobre el cumplimiento del beneficio.
Como parte del régimen establecido, la magistratura dispuso también que la condenada cumpla un módulo de trabajo dentro del Complejo Penitenciario para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE), colaborando en tareas vinculadas a la organización y funcionamiento de una biblioteca del establecimiento. La defensa deberá ofrecer caución real y designar un asesor de pruebas, quien tendrá la obligación de informar mensualmente al juzgado sobre el comportamiento y cumplimiento de las condiciones impuestas.
La juez advirtió expresamente que cualquier incumplimiento grave o reiterado de las reglas fijadas dará lugar a la revocatoria inmediata del beneficio, conforme a lo previsto en el Código de Ejecución Penal. Además, la dirección del establecimiento penitenciario deberá llevar un control estricto de los horarios de entrada y salida y remitir informes mensuales a la autoridad judicial.
Con esta resolución, el Juzgado de Ejecución dio cumplimiento a la decisión del Tribunal de Apelación y encauzó la aplicación del régimen de salidas transitorias dentro de los parámetros legales vigentes, en el marco del proceso de ejecución de la pena impuesta a la condenada.







